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Legalización de un punto de recarga para vehículo eléctrico

La movilidad eléctrica avanza con fuerza, y cada vez es más necesario instalar un punto de recarga para vehículo eléctrico en la vivienda, empresa o comunidad. Pero, además de instalarlo, es imprescindible legalizar el punto de recarga para cumplir con la normativa y evitar problemas futuros. Como ingeniería especializada, te explicamos de manera clara y rigurosa qué exige la ley, cuándo hace falta proyecto eléctrico y cómo aprovechar las ayudas disponibles.

¿Por qué es importante legalizar un punto de recarga?

Legalizar un punto de recarga no es un simple trámite burocrático: garantiza que la instalación cumple la normativa de seguridad eléctrica, que puede conectarse sin problemas a la red y que estará cubierta en caso de inspecciones o incidencias.

En nuestra experiencia, muchos clientes desconocen que, sin este proceso, la instalación puede ser rechazada por la empresa distribuidora de energía o incluso invalidar garantías y seguros en caso de incidentes.

Normativa aplicable a la instalación de puntos de recarga

REBT e ITC-BT-52: lo que debes saber

La normativa principal que regula la instalación de puntos de recarga es el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y, en concreto, su Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-52, dedicada a las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.

Este reglamento establece criterios técnicos sobre seguridad, dimensionamiento de líneas, protecciones, sistemas de gestión de carga y medidas de eficiencia energética.

Documentación y certificados necesarios

Según el tipo de instalación, se requiere:

  • Memoria técnica de diseño o proyecto visado por ingeniero.
  • Certificado de instalación eléctrica (CIE), también conocido como “boletín eléctrico”.
  • En algunos casos, comunicación a la distribuidora eléctrica y al organismo de industria de la comunidad autónoma.

¿Cuándo es necesario proyecto y cuándo basta con memoria técnica?

Aquí surge la gran duda. La normativa establece que:

  • Memoria técnica de diseño → suficiente para instalaciones sencillas (viviendas unifamiliares o garajes comunitarios con un único punto).
  • Proyecto eléctrico visado por ingeniero → obligatorio en instalaciones más complejas, como:
    • Cuando la recarga se realice en el interior de un aparcamiento.
    • Potencia máxima admisible de carga superior a 50 kW en instalación interior.
    • Potencia máxima admisible de carga superior a 10 kW en instalación exterior.
    • Instalaciones generales con centralización de contadores o cuadros generales de mando y protección.

Comparativa: Memoria técnica vs Proyecto para punto de recarga

AspectoMemoria técnica de diseñoProyecto visado por ingeniero
Tipo de instalaciónViviendas unifamiliares, garajes comunitarios con 1 punto de recargaGarajes comunitarios con más de 15 plazas, instalaciones colectivas, recarga pública
PotenciaHabitualmente ≤ 50 kW> 50 kW interior; > 10 kW exterior
Document.Esquema unifilar, descripción de materiales, protecciones y cálculo básicoMemoria completa, planos, cálculos detallados, pliego de condiciones y presupuesto
FirmaInstalador autorizadoIngeniero colegiado y visado en colegio profesional
Tiempo de tramitación10 días20 días
CosteMás económicoSuperior, incluye honorarios de ingeniería
Ejemplo típicoCargador en vivienda individual o plaza en garaje comunitarioEstación de recarga rápida en parking público o empresa con varias tomas

¿Tipos de puntos de recarga según el uso?

Viviendas unifamiliares

Instalaciones simples, conectadas al cuadro eléctrico de la vivienda. El trámite suele resolverse con memoria técnica.

Garajes comunitarios

Exigen coordinación con la comunidad y, en algunos casos, con la distribuidora para ampliaciones de potencia o nuevos suministros. Aquí es clave prever futuras ampliaciones.

Empresas y parkings privados

Normalmente se instalan varios puntos de recarga, lo que suele requerir proyecto eléctrico visado y un diseño que contemple la gestión de potencia.

Puntos de recarga públicos

Instalaciones más complejas que deben cumplir con mayores requisitos de seguridad, señalización y accesibilidad.

¿Tipos de cargadores para coches eléctricos ?

Aunque el mercado ofrece multitud de opciones, podemos resumir los cargadores en tres categorías principales:

  • Lentos o modo 2 (enchufe doméstico).
  • Semirrápidos o modo 3 (los más habituales en viviendas y empresas, con potencias entre 7 y 22 kW).
  • Rápidos y ultrarrápidos o modo 4 (a partir de 50 kW, pensados para electrolineras y espacios públicos).

Subvenciones disponibles: el Plan MOVES

El Plan MOVES III ofrece ayudas para la instalación de puntos de recarga tanto en viviendas como en empresas.
En términos generales:

  • Particulares y comunidades → subvención de hasta el 80% del coste (dependiendo de la ubicación).
  • Empresas → subvención de entre el 30% y el 60% según tamaño y uso.

Estas ayudas deben solicitarse antes de la instalación o dentro de los plazos marcados por cada comunidad autónoma.

Cómo una ingeniería especializada facilita el proceso

La legalización de un punto de recarga combina aspectos técnicos, legales y administrativos. Como ingeniería especializada, ayudamos en cada paso:

  • Estudio de la instalación y dimensionamiento correcto.
  • Decisión entre memoria técnica o proyecto.
  • Legalización ante industria y distribuidora.
  • Tramitación de ayudas del Plan MOVES.

Nuestro objetivo es que el cliente solo tenga que enchufar su coche y disfrutar de la movilidad eléctrica, sin preocuparse de papeles o normativas.

Conclusión

La legalización de un punto de recarga para vehículo eléctrico no es un trámite opcional: es la única forma de asegurar que la instalación cumple con la normativa, es segura y puede beneficiarse de las subvenciones disponibles. Con el apoyo de una ingeniería, el proceso se vuelve sencillo, claro y sin riesgos.

Si necesitas asesoramiento personalizado para tu proyecto, no dudes en contactar con nosotros a través de formulario.

¿Siempre hay que legalizar un punto de recarga?

Sí, toda instalación debe estar dada de alta en Industria y contar como mínimo con su certificado de instalación eléctrica (CIE) y en algunos casos proyecto eléctrico.

¿Necesito proyecto si instalo un cargador en mi casa?

Normalmente no, basta con memoria técnica, salvo que la instalación sea muy potente, dependiendo del tipo de cargador.

¿Qué normativa regula la recarga de coches eléctricos en España?

El REBT y especificamente la instrución ITC-BT-52.

¿Puedo pedir ayudas del Plan MOVES después de instalar el punto de recarga?

El plan MOVES III ofrece subvenciones tanto para la adquisición del vehículo como para la instalación de puntos de recarga. Lo recomendable es solicitar la ayuda antes de iniciar la instalación.

En Catalunya, quien gestiona estas ayudas, financiadas por los Presupuestos Generales del Estado, siguiendo las directrices del IDAE es el Institut Català d’Energia (ICAEN) gestiona

¿Por qué legalizar tu punto de recarga?

  • Cumples con la normativa (REBT – ITC-BT-52).
  • Evitas sanciones y problemas con seguros o distribuidoras.
  • Garantizas la seguridad eléctrica de la instalación.
  • Puedes acceder a las ayudas del Plan MOVES.

¿Cuándo es necesario realizar inspección inicial con una OCA?

Siempre que la instalación requiera de proyecto eléctrico, será obligatorio realizar una inspección inicial con un Organismo de Control Autorizado.

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